Los sindicatos del servicio de Salvamento Marítimo (Sasemar) han solicitado la mediación del nuevo director general de Marina Mercante, Gustavo Santana, tras el conflicto laboral originado en el colectivo de controladores marítimos, que según los representantes de los trabajadores, pone en riesgo el sistema de guardias, que permite dar una cobertura de 24 horas al día y 365 días al año en tareas de seguridad y la lucha contra la contaminación. Tras un comunicado conjunto de los sindicatos CCOO, UGT, SSM y CSIF, fuentes de Sasemar ha indicado en exclusiva a NAUCHERglobal su voluntad de diálogo, recordando que la organización de turnos de controladores debe cumplir con las sentencias judiciales.
Mientras no haya un pronunciamiento contrario de una entidad superior, Sasemar defiende la obligatoriedad de cumplir con las sentencias judiciales que prohíben que los controladores marítimos descansen menos de 12 horas entre jornada y jornada. Por su parte, la parte social reclama reducir este tiempo de descanso en aras de una mayor conciliación. Ante esto, la Administración subraya que, en este momento, el descanso de 12 horas entre jornada y jornada es un requisito legal, ya que existen sentencias judiciales que exigen este descanso mínimo y también se ha posicionado en este sentido la Inspección de Trabajo.
Sasemar alude a que ha pretendido solventar este asunto a través de la negociación del convenio que comenzó a finales de 2019, pero no ha sido posible desde entonces un acuerdo con la parte social. Desde entonces se ha producido una nueva sentencia que recuerda dicha obligatoriedad de ese descanso de 12 horas, por lo que, ante las consultas de los jefes de centro, la dirección de RRHH del organismo ha emitido una nota recordando la obligatoriedad de ese período de descanso.
Sentencia de un conflicto colectivo
Además, Sasemar recuerda que los sindicatos impulsaron en 2018 la demanda que ha originado esta situación y, sin embargo, ahora se muestran disconformes con la aplicación de una sentencia de un conflicto colectivo que ganaron. Fueron los mismos sindicatos que ahora recurren esta decisión, los que explicaban, a través de notas emitidas por ellos, que la sentencia prohibía que no hubiera ese descanso mínimo de 12 horas.
La Administración muestra a los sindicatos su disposición al diálogo. En este sentido, la dirección ha solicitado informe jurídico a la Abogacía del Estado, para que determine si se ajusta a derecho la reducción del descanso entre jornadas que reclama la parte social. En caso de que hubiera un pronunciamiento que amparara la posibilidad de reducir ese descanso, Sasemar indica que la nota sería retirada inmediatamente. Sin embargo, según añade, “antes de conocer el informe jurídico de la Abogacía del Estado, la parte social ha tomado la decisión de abandonar la negociación, exigiendo la retirada de esa nota sin informe jurídico alguno”
Sasemar lamenta que los sindicatos hayan roto las negociaciones y remarca que la voluntad de la empresa es llegar a un acuerdo en los aspectos relacionados con la jornada y la organización del trabajo, pero cumpliendo las sentencias judiciales y contando con los informes jurídicos pertinentes que amparen los posibles acuerdos. El sistema de organización actual permite que los controladores realicen turnos de tres días de trabajo y tres de descanso, cabiendo la posibilidad de hacer seis y seis e incluso períodos superiores. Sin embargo, la parte social reclama que, por ejemplo, un trabajador pueda realizar tres turnos en dos días, sin respetar el descanso de 12 horas entre jornadas, lo que supondría que el trabajador en dos días realizaría el trabajo, que, respetando las 12 horas de descanso, realizaría en tres días.
Desde Sasemar se precisa que la decisión de exigir un descanso de 12 horas entre jornadas no es una decisión unilateral y ni siquiera responde a su voluntad, sino que emana de sentencias judiciales que se deben cumplir. En todo caso, se compromete a que, si se obtiene un informe jurídico de Abogacía del Estado o de Trabajo, o una sentencia judicial que ampare la posibilidad de reducir esos descansos, se retiraría inmediatamente la nota de la dirección de RRHH.
“Política de sillones y despachos”
Los sindicatos CCOO, UGT, SSM y CSIF lamentan “una situación inédita en la larga historia del salvamento marítimo en España, motivada por la incapacidad de la dirección de optimizar los recursos humanos y a nuestro entender, derivada tanto de la poca o nula presencia de marinos en la toma de decisiones a cuenta de la generosa política de sillones y despachos que desde la misma se viene desarrollando en los últimos años, que está provocando que se queden guardias desatendidas en los centros de coordinación de salvamento marítimo con graves consecuencias para la gestión de las emergencias marítimas de salvamento y de catástrofes medioambientales como las provocadas por el buque PRESTIGE.
Para los sindicatos, esta decisión unilateral de la actual dirección de Sasemar rompe el uso y la buena costumbre establecida, que ha permitido “realizar con profesionalidad nuestro trabajo durante tres décadas, al dejar de reconocer que es de aplicación el artículo 19 ‘trabajo a turnos’ del RD 1561/1995 de jornadas especiales para el personal de control de tráfico marítimo”.
Sistema de turnos
Los representantes de los trabajadores explican que las características del puesto de trabajo de personal controlador en las torres de salvamento marítimo, hace que sea requisito imprescindible tener experiencia profesional en la marina mercante. Los centros de trabajo se encuentran ubicados cerca de la mar y de sus usuarios. Un total de 350 efectivos repartidos por todo el territorio nacional en 20 centros de coordinación, de los que un número importante tiene su residencia familiar fuera de la ciudad o de la comunidad autónoma en la que prestan sus servicios y que pueden tardar más de 15 años en conseguir un traslado definitivo. Esto ha propiciado, que desde hace tres décadas se haya establecido un sistema de turnos que no sólo facilita la conciliación de la vida laboral y personal de los trabajadores, sino que ha permitido a los propios gestores de estos centros de trabajo mantener las guardias con el personal mínimo establecido. “Un sistema de organización del trabajo roto por una dirección establecida en Madrid, alejada de la realidad del servicio público de salvamento en la mar”, denuncian.
Ante esta situación y en referencia a las declaraciones publicadas por la dirección de la entidad en las que alega disposiciones legales a su interés, sin tener en cuenta otras de superior rango y más específicas para el trabajo a turnos; desde CCOO, UGT, SSM y CSIF se manifiesta que se trata de “una muestra más de la ineptitud de quienes toman las decisiones en Sasemar, que son incapaces de encontrar otro camino para la resolución de conflictos que el de la judicialización de los derechos de los trabajadores y trabajadoras del personal de tierra del servicio público de salvamento marítimo.
Los empleados realizan sus guardias en los centros de Coordinación de Salvamento Marítimo (Vigo, Finisterre, Coruña, Gijón, Santander, Bilbao, Barcelona, Tarragona, Castellón, Valencia, Palma, Cartagena, Almería, Algeciras, Tarifa, Cádiz, Huelva, Las Palmas, Tenerife) y el Centro Nacional de Salvamento en Madrid.


