El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las enmiendas de 2023 y 2024 a la parte A del Código de formación, titulación y guardia para la Gente de Mar. El Convenio de Formación, Titulación y Guardia, adoptado por la OMI en 1978, establece los estándares internacionales mínimos para la formación y titulación del personal marítimo. Es obligatorio para buques en viajes internacionales, garantizando seguridad y eficiencia, y se actualiza constantemente según la tecnología y prácticas marítimas.
La resolución MSC.541(107) enmienda la sección A-I/2del capítulo I ‘Normas relativas a las disposiciones generales’ para homogenizar a nivel internacional los criterios en el formato de títulos en la versión electrónica. La resolución MSC.560 (108) modifica el Código de formación para incorporar obligatoriamente la competencia de ‘contribuir a la prevención y respuesta a la violencia y el acoso, incluidos la intimidación, el acoso y las agresiones sexuales’, integrándose en los cursos de formación básica en seguridad existentes, no requiriendo un curso independiente nuevo. El objetivo de dicha enmienda es abordar la seguridad personal y mejorar el entorno laboral a bordo, enfocándose en la lucha contra la violencia y el acoso.

