Según el texto refundido de la Ley, aprobado por Real Decreto el 5 de septiembre de 2011, el plazo máximo de duración de las concesiones administrativas sobre el dominio público portuario era de 35 años.
La aprobación del Real Decreto-Ley 8/2014 de 4 de julio de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (ratificado por la Ley 18/14) supuso una modificación del plazo máximo de duración de estas concesiones, que quedó fijado en 50 años.
Como parte de esta reforma se introdujo una nueva Disposición Transitoria Décima al texto refundido de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante que permitía solicitar a los concesionarios una ampliación del plazo inicial de sus concesiones de acuerdo con determinados requisitos de inversión u otras condiciones.
El plazo para presentar las solicitudes terminaba el 6 de julio. En este periodo el puerto de Barcelona ha recibido un total de 22 peticiones que a partir de ahora seguirán los correspondientes trámites para su aprobación.