La controversia sobre las cofradías de pescadores, organismos gremiales cargados de historia cuya existencia no se acomoda del todo al sistema mercantil vigente, se resolvió hace años en Cataluña con la opción clara de defender y apoyar la labor de las cofradías, a las que para garantizar su futuro se les otorgaba la gestión de las Lonjas de Pescado, únicos centros autorizados para la primera venta de las capturas (al respecto, Ley de Cofradías de Pescadores de Cataluña, junio de 2002; y Ley de Pesca y Acción Marítima, febrero de 2010).
Atendiendo a esa política, coherencia obliga, el organismo público Puertos de la Generalitat, equivalente a Puertos del Estado en su labor gestora y controladora del sistema portuario, jamás debiera haber concedido a una empresa privada comercializadora de pescado una concesión en el puerto de Arenys con el propósito de competir con la cofradía y con la lonja, restando a ésta eventuales compradores de pescado fresco. A la crisis permanente del sector pesquero artesanal sólo le faltaba el problema de erosionar el papel de las cofradías de pescadores, único refugio real de quienes permanecen en el sector. Y eso es lo que significa, en verdad, la decisión de Ports de la Generalitat respecto a la empresa Frigorifics Ros, SAU.
La Cofradía de Pescadores de Arenys de Mar, y con ella la práctica totalidad del sector pesquero de Cataluña, ha puesto en marcha todos los mecanismos judiciales y administrativos para que Ports de la Generalitat reconsidere su decisión. No hay que descartar que, al final, el problema creado por el organismo gestor de los puertos de Cataluña (todos menos Barcelona y Tarragona) se haya debido a una mera cuestión de descoordinación administrativa y política entre Ports y la Dirección General de Pesca, un mal endémico en las Administraciones públicas que, en el caso de Cataluña, al no entrar en los planes del proceso secesionista, ni siquiera se contempla como problema.