En un comunicado remitido a la Organización Marítima Internacional, la Cámara ha sugerido que el organismo podría considerar la posibilidad de dar un período de gracia para poder aplicar la nueva normativa, ya que -opina- que muchos Estados la incumplirán.
Cabe recordar que el artículo sexto de la citada convención establece los requisitos mínimos obligatorios para la instrucción sobre seguridad para todos los marinos que, en su caso, exige que estos certificados de capacitación sean emitidos por las Administraciones nacionales a la gente de mar desde el 1 de enero de 2014.
Desde la aprobación de las enmiendas, la ICS ha realizado esfuerzos para asesorar a las empresas navieras de las medidas transitorias para estas nuevas exigencias, tal como se establece en el código STCW. No obstante, a la entidad cameral le preocupa que estas certificaciones dificulten las inspecciones de control de los buques en los puertos debido a deficiencias que puedan producirse en su validación por parte de las Administraciones.
Para Peter Hinchliffe, secretario general de la ICS, «entendemos que la formación y la familiarización del código STCW 2010 ha sido recientemente aprobado por algunas administraciones marítimas, mientras que en otras ni siquiera se ha llegado a aprobar todavía. Esto podría presentar graves dificultades para las empresas que necesitan los certificados para garantizar que la gente de mar que emplean están capacitados».
Según Hinchliffe, en su mayor parte, esta certificación es sólo un tecnicismo, ya que la mayoría de la gente de mar ya ha sido sometida a los niveles necesarios de formación e instrucción, según se requiere en el código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias, también conocido como código ISPS, obligatorio en virtud del Convenio SOLAS. «Dado que la certificación es enteramente responsabilidad de las administraciones, creemos que retrasar la aplicación del STCW se puede justificar», ha añadido.

