El Código OR es el instrumento internacional normalizado y refundido que contiene los criterios mínimos para la evaluación de las organizaciones con miras a su reconocimiento y autorización, así como las directrices para la supervisión por los Estados de abanderamiento, con objeto de que puedan llevar a cabo, en su nombre, la certificación y los servicios reglamentarios en virtud de instrumentos obligatorios de la OMI tales como, entre otros, el convenio Solas, el convenio Marpol y el convenio de líneas de carga, así como de la legislación nacional.
Durante el proceso de adopción del código OR, la Comisión Europea detectó ciertas incompatibilidades con la normativa europea relativa a las organizaciones reconocidas. Para salvar estas incompatibilidades, el Consejo de la Unión Europea adoptó en 2013 una decisión, mediante la que se autorizaba a los Estados miembros a dar su consentimiento para vincularse por estas enmiendas en interés de la Unión Europea, pero sujetos a una declaración por la que se indica que nada en dicho código deberá interpretarse en el sentido de restringir o limitar en modo alguno el cumplimiento de las obligaciones del Estado miembro en virtud del derecho comunitario.