Si bien en medios jurídicos vinculados a los armadores lamentan esta decisión del TG, llaman la atención sobre las razones de la misma, que resultan a la postre positivas para los intereses de los armadores. Según el presidente del TG, la demanda ha sido rechaza no por la falta de representatividad o capacidad para intervenir de la ECSA, si no porque no tiene un interés específico directo sobre el resultado del procedimiento. Y da las siguientes razones:
─ La Decisión de la CE no afecta a los armadores. En consecuencia, una anulación de la Decisión por el TG tampoco afectaría directamente a los armadores. Únicamente podría afectarles una nueva Decisión de la CE, pero este hipotético escenario no demuestra un interés directo en estos momentos.
─ El principal argumento de los inversores en sus recursos es negar el carácter de ayuda de Estado del Tax Lease español. Si el TG aceptase este argumento, sería improbable que la CE adoptase una nueva Decisión manteniendo el carácter de ayuda de Estado del sistema y además señalando nuevos beneficiarios (por ejemplo los armadores).
─ Finalmente el TG entiende que algunas de las asociaciones de armadores miembros de ECSA no están afectadas por el caso.
Estos argumentos parecen indicar que el TG no tiene intención de resolver este caso en un sentido que afecte a los armadores y que limitará su sentencia a los argumentos expuestos por los inversores, los cuales señalan explícitamente en algunos de sus recursos que no pretenden señalar a los armadores como posibles beneficiarios del régimen.