Viernes, día 7 de julio: el Ministerio de Empleo y Seguridad Social registra el “Acuerdo para el Mantenimiento del Empleo en el Sector de la Estiba”, y anuncia su envío al Boletín Oficial del Estado para su disposición reglamentaria.
Pero, ¿por qué ahora tanta prisa? Hay una respuesta clara a la pregunta: Bruselas –o, en este caso Luxemburgo- obliga. Este jueves, día 13 de julio está previsto que la Comisión Europea condone la sanción al Reino de España, según ha podido saber NAUCHERglobal de fuentes próximas a la propia Unión Europea.
Se trata de cerca de 24 millones de euros de deuda, en forma de multa, contraída por el Gobierno del Partido Popular (a pagar por el conjunto de ciudadanos), al no haber modificado la ley a su debido tiempo, además de perdonar la sanción pendiente desde el mes de marzo, tan repetida por los responsables del Ministerio de Fomento durante su (no)negociación. Así, España tampoco deberá abonar los 134.000 euros diarios.
Recordar que se trata de la sanción impuesta por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que debería haberse solucionado en 2015 y que el actual Gobierno (entonces con mayoría parlamentaria) no se atrevió a solucionar ante la proximidad de elecciones. Recordar, asimismo, que este medio señalaba en febrero de este mismo año que la comisaria europea, Violeta Bulc, no sancionaría a España de no llegar a un acuerdo con junio como plazo. El principio de acuerdo llego el 29 de junio… sobre la bocina.
El Gobierno español habría remitido a Bruselas una serie de excusas tales como que en 2016, con un ejecutivo en funciones, la reglamentación española no permite legislar… algo falso, por cierto. Además, nada dicen de negociar: el Gobierno no ha querido sentarse ni con sindicatos ni empresas desde el principio, ya no en 2016, sino en el año 2015 y antes, cuando el todavía presidente de Puertos del Estado, en el ministerio comandado por la actual presidenta del Congreso, Ana Pastor, quiso remitir un decretazo similar al presentado y filtrado por NAUCHERglobal en exclusiva. En todo caso, que no haya sanción es bueno para España, desde donde se argumenta que tampoco la ha habido en el caso de Bélgica.
Volviendo al texto que Empleo remite al BOE, desde el Ministerio de Fátima (Bañez, inciden en que «la empresa de estiba que decida abandonar la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios –Sagep- tendrá que subrogarse en la posición del anterior empleador respecto de los trabajadores de la misma».
Así, el Gobierno ha iniciado la tramitación de un real decreto que recoge la propuesta de mediación del presidente del consejo económico y social, Marcos Peña (rechazada por los sindicatos en su momento) por la que se puso fin a la mediación tripartita entre las organizaciones sindicales, la asociación empresarial y el propio Gobierno.
Según Empleo “Dicha propuesta instaba a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales a asegurar mediante acuerdo el mantenimiento del empleo de los actuales trabajadores de las Sagep así como la mejora de la organización y productividad en el sector de la estiba, al tiempo que invitaba al Gobierno a establecer un sistema de ayudas para los trabajadores de mayor edad”.
De otra parte, “en el día de hoy [por el viernes] el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha procedido al registro, depósito y envío para su publicación en el Boletín Oficial del Estado del acuerdo que se alcanzó en el día de ayer en la mesa negociadora del IV Acuerdo para la regulación de las relaciones laborales en el sector de la estiba portuaria.
En resumen, lo acordado entre sindicatos y empresarios pasará a modificar el IV Acuerdo Marco, en forma de disposición adicional, y hasta que se negocie y apruebe el nuevo marco laboral global del sector en España, que no demorará más allá del 30 de septiembre.
Así, esta disposición, de obligatorio cumplimiento tanto para las empresas firmantes del acuerdo con los trabajadores como para aquellas que dejaron de ser parte de Anesco, supone, entre otros puntos, que aquellas que decidan separarse de la Sagep, en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del RD-Ley 8/2017, se subrogarán el personal de la estiba portuaria que a la fecha de entrada en vigor del citado Real Decreto-Ley integrara la plantilla de la Sagep. Ello en proporción a su participación accionarial en la correspondiente sociedad.
Además, los citados trabajadores “tendrán derecho, porque así se ha acordado, a su incorporación voluntaria en dichas empresas de estiba en las mismas condiciones individuales y colectivas que tienen en la actualidad”. En el caso de que todas las empresas decidan la separación de la Sagep y, por tanto, proceda su liquidación, “los trabajadores tendrán igualmente derecho a la subrogación en las empresas de estiba”. La asignación de trabajadores se realizará según porcentaje de participación en el capital de la Sagep.
El texto del Ministerio de Empleo se desentiende, de este modo, de la presión de la Plataforma de Inversores (PIPE) a la que deja noqueada y en peligro de extinción.