Al margen de esta suma (330.000 euros en total), la magistrada Ana Isabel Collado Márquez condena a la compañía italiana a indemnizar con 2.594 euros a cada uno de los pasajeros por la pérdida de sus equipajes en el momento (57.200 euros en total), según los Derechos Especiales de Giro cotizados (por el Fondo Monetario Internacional) el mismo día del naufragio a 1,5047 dólares.
Cabe recordar que el 27 de julio del pasado año, la «Asociación de Afectados Españoles por el Costa Concordia» presentó una demanda conjunta de juicio ordinario contra Costa Cruceros, solicitando el pago de una indemnización de 2.915.974,04 euros.
Aunque el armador había reclamado la suspensión de este proceso alegando el procedimiento penal contra el capitán del buque, que se está realizando en Italia (entendiendo que el presente procedimiento civil español debe quedar paralizado hasta que finalice aquél), la magistrada lo ha desestimado porqué ni las víctimas demandantes españolas son parte como perjudicados o actores civiles en el procedimiento penal italiano, «ni el presente procedimiento se dirige contra el capitán del crucero».
Además, la sentencia (que Costa Cruceros podrá recurrir en un plazo de aproximadamente 20 días) señala que «la posible responsabilidad penal que en aquél procedimiento se está investigando carece de influencia alguna para la presente contienda judicial dado que la acción de condena ejercitada por la asociación de perjudicados se fundamenta en un incumplimiento contractual; hecho que resulta innegable y es de naturaleza notoria en cuanto el buque COSTA CONCORDIA encalló y se hundió».