En esta sentencia, del 11 de diciembre de 2014 (ver el enlace) el Tribunal declaró que la obligación de que “las empresas estibadoras que operan en puertos españoles se inscriban en una sociedad central, se integren como partícipes en el capital de la misma y contraten prioritariamente personal puesto a disposición por dicha sociedad, va en contra del artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFEU)”.
Hasta la fecha, y contrariamente a lo que Bruselas obligaba, desde el ministerio de Fomento no se han abordado convenientemente los problemas identificados en la sentencia del Tribunal de Justicia; por consiguiente, la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE. En este sentido, la Comisión invita a España a efectuar lo antes posible las reformas necesarias para cumplir esta sentencia; de lo contrario, el Tribunal de Justicia podría decidir imponer sanciones financieras al Estado.
Contexto
En diciembre de 2014, Tribunal de Justicia de la UE sentenció que la legislación española en materia de trabajadores portuarios es contraria a la libertad de establecimiento consagrada en el artículo 49 del TFEU. Dicha legislación obliga a los demás Estados miembros que deseen ejercer la actividad estibadora en puertos españoles de interés general a inscribirse en la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) y a integrarse como partícipes en el capital de la misma. Además, las empresas estibadoras están obligadas a contratar prioritariamente personal puesto a disposición por esta sociedad.
Las autoridades españolas tenían de plazo hasta febrero de 2015 para informar a la Comisión acerca de las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal. No obstante, “hasta el día de hoy no se han adoptado medidas conformes con dicha sentencia ni se han comunicado a la Comisión Europea plazos precisos para ponerlas en práctica”.
Cabe recordar que NAUCHERglobal fue el primer medio de comunicación que lanzó en exclusiva las medidas que quería adoptar el ministerio de Fomento, a través de Puertos del Estado, sin la necesaria negociación con los trabajadores y con las empresas. Al destapar este documento, los responsables del Ejecutivo central no pudieron más que recular de sus planteamientos iniciales y tirar para atrás el Proyecto de Ley que querían impulsar sin el consenso de nadie.
La pelota vuelve a estar ahora en el tejado de Puertos del Estado. Veremos si, esta vez, culpan también del incumplimiento de la Sentencia y del no saber negociar con trabajadores y patronal a los medios de comunicación, como ya hicieron en su día.
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