En todos los foros mundiales se está ya produciendo un aluvión de reclamaciones y
Jose Maria Alcantara

Jose Maria Alcantara
Nací en Málaga en los inicios del año 1944, un año de plomo. Me licencié en Derecho en Madrid, en 1968, y desde entonces no he dejado de estudiar, de aprender, de enseñar y de practicar el Derecho marítimo. Sigo escribiendo con la ilusión intacta por comprender y mejorar la parcela del mundo en la que me encuentro.
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La industria marítima ante el reto del Covid-19
El reto de la pandemia se ha de medir por su impacto sobre
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Congreso Nacional de Derecho Marítimo –Asociación Española de Derecho Marítimo (AEDM), Madrid 11 y 12 Junio 2015. Temática monográfica: la Ley de Navegación Marítima (LNM). Un nuevo congreso que revela la resurgida dinámica de trabajo en la AEDM, lo que habla en favor de sus secretario general y tesorero animados por su intelectual presidente.
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El proyecto actual de ley general de navegación marítima (LGNM) se aparta radicalmente de las técnicas anteriores de inserción del contenido de cada tratado en el texto del articulado según cada capítulo, adaptándolo a los conceptos y terminología adecuados al ordenamiento español (propuesta de 2004 de la comisión general de codificación) de la que disentimos en su momento (“El Derecho de los Negocios”, Nº 178-179, Pág. 11).
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El presente artículo, primero de una serie de dos, pudiera muy bien haberse titulado “A la búsqueda de una ley marítima general”. Efectivamente, ese fue el camino emprendido en 2004, destinado a la derogación de las normas del Libro III del vetusto Código de Comercio. Se han conocido media docena de borradores del anteproyecto legislativo a lo largo de los 9 años transcurridos.
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El modelo de régimen de responsabilidad civil por contaminación marina, que tan buena acogida tuvo hasta finales de siglo, sufrió una dura prueba con los desastres del SEA EMPRESS, HAVEN, AEGEAN SEA, ERIKA, y sobre todo PRESTIGE, todos ellos ocurridos en aguas europeas. La reforma del CLC 92 fue debatida en el seno del FIDAC y algunos estudios se hicieron por parte del CMI. Sin embargo, no se fue más allá de la creación del FIC/2003 y de un mayoritario consenso a favor de la extensión de la obligatoriedad de seguro a la cobertura de casco-máquinas.
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Derecho marítimoSostenibilidad y Medio Ambiente
El derecho internacional en materia de responsabilidad civil ha quedado obsoleto
El convenio sobre responsabilidad civil por daños derivados de la contaminación por hidrocarburos, conocido como CLC 69, entró en vigor en 1975, en años de catástrofes marítimas como las del SEA STAR en el golfo de Oman, 1972, y la del URQUIOLA en el puerto de La Coruña en mayo de 1976, accidente éste en el que se aplicó por primera vez el CLC 69.
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La sombra del PRESTIGE es alargada. Las lecciones que, en clave civil, se contienen en la Sentencia de la Audiencia de A Corunha apuntan en direcciones varias que no deberían ser ignoradas. Si existe una respuesta global a la amenaza de las mareas negras hay que abordarla y pronto.