Por partes; desde Coordinadora han lanzado un mensaje de tranquilidad en plena negociación: «Hasta lograr un acuerdo, vinculante, en toda su extensión, los estibadores se han comprometido a no ejercer su derecho a la huelga los días 24, 26, 29 y 31 de mayo y 2 de junio». En este contexto exigen a la parte empresarial tres conceptos claros y concisos: La garantía de la totalidad de los puestos de trabajo; la garantía de la formación para los nuevos ingresos a través de las prácticas profesionales; y el compromiso por parte de las empresas de permanecer en los Centros Portuarios de Empleo una vez se extingan las Sagep.
Lo han hecho de manera unánime –es decir dialogando- a través de una breve comunicación en la que tienden la mano a la patronal y «entienden fundamental la integración de los convenios de ámbito inferior y, en general, la adaptación del acuerdo sectorial estatal a la modificación legislativa».
Por otro lado, en la asamblea general extraordinaria de Anesco, con más tensión, se ha tomado la decisión –ésta por mayoría, no de forma unánime- de no retocar sus estatutos, lo que podría implicar la marcha de alguno de sus principales miembros. En este contexto, la patronal seguirá ejerciendo como tal y participará de las negociaciones presentes y futuras con la parte sindical: fundamentales en el momento actual, pero igual de importantes a finales de año cuando deba encararse la negociación del nuevo acuerdo marco.
En un breve comunicado desde la asociación empresarial han fijado la posición señalando que “ostentará la representación de los asociados frente a las organizaciones sindicales y en especial para la negociación de acuerdos y/o convenios colectivos de nivel estatal que se puedan suscribir para la regulación de las relaciones laborales en el sector marítimo-portuario”.
En este sentido, «la asamblea general de Anesco también ha analizado el nuevo escenario que se plantea en el sector tras la convalidación y entrada en vigor del Real Decreto Ley por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014 y valorado la necesidad de mantener espacios de diálogo abiertos».