Las enmiendas al Anexo VI del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio Marpol) entraron en vigor el 1 de noviembre de 2022. Pero a partir del 1 de enero de 2023, será obligatorio que todos los buques calculen su índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI) obtenido para medir su eficiencia energética y que informen de su indicador de intensidad de carbono (CII) operacional anual obtenido y de su calificación.
El secretario general de la OMI, Kitack Lim, declaró: «las medidas de reducción de los gases de efecto invernadero a corto plazo, adoptadas en 2021, constituyen un conjunto completo de enmiendas al Anexo VI del Convenio Marpol, que proporcionan importantes elementos de construcción para las futuras medidas de reducción de los gases de efecto invernadero de la OMI a medio plazo».
«Los Estados Miembros de la OMI están participando activamente en el proceso de revisión de la Estrategia inicial de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques, con miras a la adopción de una Estrategia revisada a mediados de 2023. Las prescripciones para la certificación EEXI y CII entran en vigor el 1 de enero de 2023. Esto significa que el primer informe anual se completará en 2023 y la clasificación del CII inicial se dará en 2024.
En este artículo, trataremos de resolver algunas de las preguntas habituales de la puesta en marcha de esta normativa, que marcará, a partir de ahora, el día a día del proceso de descarbonización del transporte marítimo.
¿Cuáles son las nuevas medidas obligatorias?
Como estímulo para reducir la intensidad de carbono de todos los buques en un 40% de aquí a 2030, comparado con los niveles de base de 2008, los buques deberán calcular dos calificaciones: su índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI) para medir su eficiencia energética y su indicador de intensidad de carbono (CII), operacional anual y su calificación asociada. La intensidad del carbono relaciona las emisiones de GEI con la cantidad de carga transportada y la distancia recorrida.
¿Qué es el índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes (EEXI) obtenido?
El EEXI alcanzado por un buque indica su eficiencia energética en comparación con una línea de base. Los buques que alcancen el EEXI se compararán entonces con un índice de eficiencia energética aplicable a los buques existentes exigido, basado en un factor de reducción aplicable expresado como porcentaje en relación con el índice de eficiencia energética de proyecto obtenido (EEDI) de referencia.
Debe calcularse para los buques de arqueo bruto igual o superior a 400, de acuerdo con los diferentes valores establecidos para los tipos de buques y las categorías de tamaño. El valor EEXI calculado para cada buque debe ser inferior al EEXI requerido para garantizar que el buque cumple una norma mínima de eficiencia energética.
¿Qué es un indicador de intensidad de carbono?
El indicador de intensidad de carbono determina la reducción anual necesaria para garantizar la mejora continua de la intensidad de carbono operacional de un buque dentro de un nivel de clasificación concreto. El indicador de intensidad de carbono operacional anual real alcanzada debe documentarse y verificarse respecto al indicador de intensidad de carbono operacional anual prescrito. Esto permite determinar la clasificación de la intensidad de carbono operacional.
¿Cómo funcionarán las nuevas clasificaciones?
En función del indicador de intensidad de carbono de un buque, su intensidad de carbono se calificará como A, B, C, D o E (siendo A la mejor). La calificación indica un nivel de rendimiento muy superior, superior, moderado, inferior o muy inferior. El grado de rendimiento se registrará en una ‘declaración de cumplimiento’, que se detallará en el plan de gestión de la eficiencia energética del buque (Seemp).
Un buque calificado con D durante tres años consecutivos o E durante un año tendrá que presentar un plan de medidas correctivas para mostrar cómo se alcanzará el índice requerido de C o superior. Se alienta a las Administraciones, autoridades portuarias y otras partes interesadas, según proceda, a facilitar incentivos a los buques clasificados A o B.
¿Cómo se evaluarán los efectos de la nueva normativa?
El comité de protección del medio marino (MEPC) de la OMI debe revisar la eficacia de la implantación de las prescripciones del CII y las EEXI a más tardar el 1 de enero de 2026 y elaborar y adoptar enmiendas según sea necesario.
Al adoptar la medida, el MEPC también tuvo en cuenta los resultados de una evaluación amplia de las repercusiones de la medida que examinó los posibles efectos negativos y acordó mantener en revisión los efectos de la medida en los Estados para poder realizar los ajustes necesarios. El MEPC también acordó que se deberían evaluar y abordar las repercusiones desproporcionadamente negativas, según proceda.
¿Cuál es la siguiente etapa de la Estrategia de la OMI sobre los GEI?
Los Estados Miembros están trabajando en la revisión de la Estrategia inicial. Está previsto que la Estrategia revisada se adopte a mediados de 2023 en el periodo de sesiones Comité de protección del medio marino (MEPC 80) en julio de 2023.
El plan de trabajo para estudiar estas medidas prevé:
- Fase I: recopilación y examen inicial de las propuestas de medidas (de la primavera de 2021 a la primavera de 2022) – finalizada
- Fase II: Evaluación y selección de la medida o medidas que van a elaborarse (de la primavera de 2022 a la primavera de 2023)
- Fase III: elaboración de una o varias medidas que deberán ultimarse en las fechas acordadas.